DS(C) nº 157/6 del 9/6/2004









Orden del Día:




1. Comparecencia de la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, SC 25-I, a petición propia, para informar a la Comisión sobre: - Actuación de la Junta de Castilla y León en relación con la defensa de los intereses de un menor y su reingreso en un centro de acogida de la Comunidad.


Sumario:






 **  Se inicia la sesión a las doce horas cinco minutos.

 **  La Presidenta, Sra. Benito Benítez de Lugo, abre la sesión y comunica las sustituciones.

 **  Primer punto del Orden del Día. SC 25.

 **  La Letrada, Sra. Seseña Santos, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  Intervención de la Sra. Valdeón Santiago, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, para informar a la Comisión.

 **  La Presidenta, Sra. Benito Benítez de Lugo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 **  En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Núñez Díez (Grupo Socialista).

 **  En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Saavedra Hernández (Grupo Popular).

 **  Contestación de la Sra. Valdeón Santiago, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades.

 **  En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Núñez Díez (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Saavedra Hernández (Grupo Popular).

 **  En turno de dúplica, interviene la Sra. Valdeón Santiago, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades.

 **  La Presidenta, Sra. Benito Benítez de Lugo, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las trece horas.




Texto:

[Se inicia la sesión a las doce horas cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Señorías, buenos días a todos. Se abre la sesión. Por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios ¿alguna sustitución que comunicar? ¿Portavoz del Grupo Socialista?


LA SEÑORA NÚÑEZ DÍEZ:

Sí, señora Presidenta. Óscar Sánchez sustituye a doña Mercedes Martín y don Ángel Fernando García Cantalejo a doña Victorina Alonso.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. ¿Portavoz del Grupo Parlamentario Popular?


LA SEÑORA SANZ JERÓNIMO:

Sí. Gracias, señora Presidenta. Doña Pilar San Segundo sustituye a don José Antonio Velasco, doña Soledad Romeral sustituye a don José Antonio de Miguel y doña Pilar Álvarez sustituye a don Ángel Barrios.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. Bien. Bien, no estando presente en este momento ni el Vicepresidente de la Mesa... Por favor, se ruega silencio. Por favor, se ruega silencio. Bien, no estando presente ni el Vicepresidente ni la Secretaria o Secretario de esta Comisión, dará lectura al primer punto del Orden del Día el Letrado de la Cámara.

SC 25


LA LETRADA (SEÑORA SESEÑA SANTOS):

Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia de la Excelentísima señora Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, a petición propia, para informar a la Comisión sobre la actuación de la Junta de Castilla y León en relación con la defensa de los intereses de un menor y su reingreso en un centro de acogida de la Comunidad".


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Muchas gracias, señora Letrada. En este momento tiene la palabra la Excelentísima señora Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades.


LA CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (SEÑORA VALDEÓN SANTIAGO):

Buenos días. Gracias, señora Presidenta. Señoras y señores Procuradores, comparezco nuevamente ante esta Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades, en esta ocasión para informar a Sus Señorías acerca de las actuaciones de la Junta de Castilla y León en relación a la defensa de los intereses del menor D.L.B.

Con carácter previo, quisiera hacer notar que esta es una comparecencia de petición propia, pero que la iniciativa de comparecer la adopté a principios de octubre del año pasado. Lo digo porque, entre esta fecha inicial y la actualidad de esta comparecencia, se ha producido un pronunciamiento judicial por parte de la Audiencia Provincial de Salamanca que incide de forma directa en el caso y que, como es lógico, habremos de tener muy presente a la hora de enfocar el ejercicio de nuestras competencias en esta materia.

No obstante, quisiera recordar que, respecto a la situación de la fecha inicial de presentación de esta solicitud de comparecencia, ya tuve ocasión de informar a Sus Señorías acerca de la postura de la Junta de Castilla y León en el Pleno de las Cortes celebrado el día catorce de octubre de dos mil tres.

Paso, así, a desglosar el contenido básico de la intervención.

Ante todo, quisiera destacar, Señorías, que en este primer... que en este caso, perdón, siempre nos hemos guiado por el principio fundamental del superior interés del menor; un principio en el que creemos firmemente, y que estamos llevando a la práctica en todas las cosas que hacemos con relación a la protección de la infancia: desde el despliegue de nuestras potestades normativas hasta nuestra relación con las Corporaciones Locales, desde las decisiones en relación con la interposición de recursos de índole judicial hasta nuestra política de centros, de concertación, o los criterios profesionales del personal técnico asignado a estos supuestos.

Es evidente que el departamento que dirijo no puede ser sospechoso de no creer en las familias, en las distintas formas de familia, y, en este caso, en la prioridad del desenvolvimiento de los menores en el medio familiar, tal y como contempla la legislación vigente. Sin embargo, reitero que creemos y aplicamos el principio del superior interés del menor. Creemos y aplicamos que los derechos de las personas menores de edad merecen una especialísima protección, superior a la que merecen otros intereses jurídicos, muchas veces muy importantes y también muy legítimos. Creemos que lo que dicen nuestras leyes hay que cumplirlo; nos tomamos muy en serio nuestras responsabilidades en materia de protección a la infancia, y así lo hemos hecho en este caso.

No obstante -y estas son las reglas del juego en un Estado democrático de Derecho-, hemos mantenido también en todo momento el principio de respeto a las resoluciones judiciales. Siempre hemos entendido que nuestra actuación administrativa estaba sometida a revisión judicial, y siempre hemos actuado en estricto cumplimiento de la legislación vigente.

Por otro lado, hemos actuado también conforme a un principio de exquisito respeto a las libertades personales de los ciudadanos, a los que ningún Juez ha impuesto restricciones en sus derechos civiles.

El imperio de la ley, el principio de la legalidad, la seguridad jurídica, el rigor y la interpretación y la aplicación de las normas con respeto a las reglas del juego, en definitiva, son importantes en todos los casos en una democracia, pero más aún cuando lo que estamos hablando es de los derechos y del desarrollo adecuado de la personalidad de un menor. Por eso, creo que debemos congratularnos todos de haber conseguido en las Cortes de Castilla y León que los menores y adolescentes de nuestra Comunidad dispongan de una atención y protección sustentada en una ley completa, muy elaborada y con un absoluto respaldo por parte de todas las fuerzas políticas.

Entiendo, pues, Señorías, que en materia de protección de menores no debe, efectivamente, haber quiebras, sino que hemos de trabajar todos juntos por unos objetivos básicos en los que -como hemos dicho- todos estamos de acuerdo.

Dicho lo cual, paso a detallar más detenidamente algunos puntos de las actuaciones realizadas por la Junta de Castilla y León en relación con la defensa de los intereses del menor.

Como es conocido, este menor fue tutelado por la Junta de Castilla y León y entregado en acogimiento familiar provisional preadoptivo a una familia para su integración definitiva y estable, con el objetivo de que el niño creciera en un ambiente seguro y con las condiciones básicas suficientes para garantizar su participación normalizada en la vida familiar, social, económica y cultural, así como su pleno desarrollo y autonomía como persona. En este caso, este ha sido siempre nuestro objetivo: proporcionarle un núcleo de convivencia estable, seguro y permanente.

No obstante, mediante Resolución de fecha nueve de mayo de dos mil, del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca, ratificada tras el primer Recurso de la Junta de Castilla y León por la Audiencia Provincial de Salamanca en fecha once de noviembre del dos mil, se decretó el retorno del niño con su madre biológica, bajo la supervisión de la Junta y con apoyo técnico continuo mediante el programa de intervención familiar conveniado con el Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca.

No entraré a profundizar las circunstancias personales de los padres ni el pormenor en los acontecimientos administrativos y judiciales por los que ha atravesado durante estos años, ambos aspectos sobradamente conocidos, pero sí quiero analizar más detenidamente, en cambio, la actuación administrativa concreta desplegada durante este tiempo y la valoración que hacemos al respecto.

Comenzaré exponiendo, si Sus Señorías me lo permiten, la actuación administrativa a través del programa de intervención familiar.

Recordarán ustedes que, desde marzo del año dos mil uno, la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Salamanca acuerda, entre otras, la medida de intervención familiar como la más adecuada para que, en el marco de lo resuelto jurídicamente, los padres de Diego adquirieran las habilidades necesarias para desempeñar sus funciones parentales.

Posteriormente, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca, en su Auto de fecha uno de julio de dos mil dos, dispuso también la supervisión de los servicios sociales y la intervención directa del programa de intervención familiar. Dicha intervención ha sido desarrollada desde un equipo de intervención familiar, del que es titular el Ayuntamiento de Salamanca, y para cuyo funcionamiento recibe este financiación de la Administración Regional a través del Acuerdo Marco de Cofinanciación de los Servicios Sociales y Prestaciones Sociales Básicas que han de llevarse a cabo por las Entidades Locales.

Me gustaría destacar que tales intervenciones, iniciadas el día cinco de marzo de dos mil uno, continúan en la actualidad, superando ya la duración habitual de estos programas.

Es además destacable que, desde la consideración de la finalidad de ayuda que es consustancial a los mismos, se ha cuidado particularmente de no interferir en el normal desarrollo de la dinámica familiar, en consonancia, también, con lo establecido en los autos judiciales.

Estamos hablando, por tanto, de una intervención social de contenido eminentemente técnico, que se ha venido reflejando en la valoración del caso, la ejecución de las actuaciones y el seguimiento y evaluación de los resultados conseguidos, manteniéndose una constante y fluida comunicación y una permanente colaboración entre los Servicios de Protección a la Infancia de ámbito territorial, dependientes de la Consejería de Familia, y los profesionales del equipo de la Corporación Local encargados del programa.

Esta intervención, Señorías, ha estado volcada en contribuir al buen estado y a la adecuada evolución del niño. Para ello, desde la Administración de la Comunidad, y como medida adicional, se ha reforzado el trabajo del correspondiente equipo de intervención familiar que tiene encomendada la actuación en estos casos con la activación de los recursos y actuaciones complementarios que han sido precisos en cada momento.

Hemos sido, por tanto, insistentes en esta tarea de protección; hemos hecho todo lo que deberíamos hacer con la continuidad del esfuerzo y el cuidado en el seguimiento del caso, y la disponibilidad para el despliegue puntual de los recursos de las vicisitudes que el mismo podría reclamar; hemos puesto a disposición del caso todos los recursos disponibles en el ámbito de la protección de menores. Pero quisiera destacar, Señorías, el trabajo por parte de los profesionales, que, sin duda, se debe calificar de intensísimo. Por eso, quiero agradecer de nuevo públicamente a los trabajadores de ambas Administraciones, del Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca y de la Junta de Castilla y León su enorme profesionalidad, su independencia, su labor eficaz y su absoluta implicación.

Cierto es que, a pesar de la duración e intensidad, inusuales, en la intervención familiar llevada a cabo con los padres de Diego, se hace muy difícil, dadas las características y circunstancias del caso, mejorar el medio familiar hasta una situación que pudiéramos calificar de relativa normalidad. Sin embargo, se está trabajando continuamente para propiciar la consecución de unos mínimos que permitan asegurar la atención de las necesidades del menor y las condiciones... en las condiciones básicas adecuadas y suficientes.

Pues bien, Señorías -como antes señalaba-, el Auto, de fecha de seis de mayo de dos mil cuatro, de la Audiencia Provincial de Salamanca, ha venido a ratificar la última Resolución del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca, por la que se determinaba -textualmente- "dejar sin efecto el acogimiento residencial establecido, autorizar la permanencia continuada del menor con su madre, quien ostentará, de nuevo, la guarda y custodia de su hijo, y advirtiendo a su madre que no podrá trasladar a Diego fuera de la ciudad sin la autorización expresa del Juzgado. Y, en ejecución del mismo Auto, se acordarán las medidas relativas al seguimiento psiquiátrico y psicológico de la madre, escolarización del menor, seguimiento psicológico de este e intervención de los Servicios Sociales". Todo este párrafo es textual de la Sentencia del... del Auto del Juzgado.

Nos encontramos, pues, ante una Resolución que agota la vía judicial y que no deja otro margen a la Administración Regional en su estricto cumplimiento, tal y como es de rigor en un Estado de Derecho como el nuestro.

Ambas Resoluciones, la del Juzgado y la de la Audiencia, conllevan la consideración de la situación en que se encuentra el menor como una situación de riesgo, excluyendo toda posibilidad de apreciación de la existencia de una situación formal de desamparo.

Como es... como lógica consecuencia de lo anterior, el marco estricto de lo resuelto en sede judicial únicamente permite la adopción y ejecución de las actuaciones previstas normativamente para los casos de riesgo, cuyo desarrollo debe impulsarse y llevarse a cabo desde las instancias competentes al efecto.

De acuerdo con lo anterior, una vez conocido el tenor de ambas Resoluciones, y en aplicación de la normativa vigente reguladora de la acción de protección de Castilla y León, y valorado este caso desde una perspectiva estrictamente técnica por los profesionales de ambas Administraciones, se ha acordado formalmente mantener la medida de apoyo de familia, a través del programa de intervención familiar que venían ejecutando desde los servicios dependientes del Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca. De este Acuerdo hemos dado puntual traslado, para su conocimiento, al Ilustrísimo Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca, mediante escrito de fecha dieciséis de enero. Y, al mismo tiempo, desde la Administración Regional, se ha solicitado intervención al Juez acerca del alcance y el contenido de la expresión "intervención de los Servicios Sociales" que se utiliza en la parte dispositiva del Auto de veintidós de diciembre del referido Juzgado, aspecto que, a fecha de hoy, aún no ha sido especificado.

Así pues, la Administración Regional acata las resoluciones judiciales, una vez agotados los recursos interpuestos, y seguirá atentamente el desarrollo posterior, en este caso, efectuando aquellas intervenciones estrictamente tasadas por nuestro ordenamiento jurídico.

En otras palabras, Señorías, estamos obligados a cumplir lo... a cumplir estrictamente esta Resolución judicial; y, en todo lo que sea compatible con la misma, vamos a cumplir estrictamente también, como no puede ser de otra forma, las Disposiciones de la Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León, y del Decreto 131/2003, de 13 de noviembre, que la desarrolla.

Reitero, pues, que, conforme a la mencionada normativa, corresponde a la Administración Local continuar la intervención social, en este caso, en consonancia con lo judicialmente dictaminado, ya que las Entidades Locales -en este caso, el Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca- ostentan las competencias para intervenir en los supuestos de desprotección que constituyen situaciones de riesgo cuando los niños se encuentran en los domicilios con sus familias. Se entienden por tales las que, independientemente de su naturaleza, perjudiquen al desarrollo del menor pero no requieran la asunción de la tutela por ministerio de la ley, como es el caso que nos ocupa tras la resolución judicial recaída.

En definitiva, esta nueva situación ha sido analizada por los técnicos de ambas Administraciones, una vez más de manera conjunta y coordinada, acordándose que se dan las circunstancias previstas en las disposiciones específicas reguladoras de esta materia para la intervención desde el ámbito local.

Todos estos extremos han sido formalmente comunicados recientemente al ilustrísimo señor Magistrado Juez, participándole que en el... que el caso pasa a ser en la actualidad competencia de dicha Corporación Local y quedando, no obstante, a su disposición, si lo estimara en otra cosa para el desarrollo de las medidas contempladas en el Auto.

Como comprenderán Sus Señorías, lo anterior no obsta para que, desde el respeto a las decisiones judiciales, pero también desde la consideración legítima de la perspectiva de intervención administrativa en la actuación de las funciones encomendadas por la ley a la entidad pública de protección de menores, y de conformidad con la aplicación de los principios, criterios y reglas establecidos para esta actividad, podamos hacer nuestra propia valoración de la resolución judicial dada a este caso, solución que no nos parece que sea, como la normativa reclama, una solución definitiva, segura o estable.

En efecto, parece que hoy no puede afirmarse como definitiva una solución que, hoy por hoy, sigue estando inevitablemente ligada al devenir difícilmente previsible de las patologías de los progenitores o de su adecuado control; no cabe tampoco calificarla de forma terminante como segura, pues no puede descartarse la probabilidad de eventuales riesgos para el menor, ligados a la aparición de futuras situaciones de descompensación; ni, en fin, es posible tampoco hablar de estabilidad para un caso en el que, hasta el momento, no se han producido sino vaivenes y cambios con consecuencias de inseguridad e inestabilidad nada beneficiosas para el menor, desde el punto de vista de su desarrollo, en una edad, por lo demás, especialmente delicada.

Con independencia de estas consideraciones, y en la medida que sea necesario, Señorías, seguiremos estando permanentemente en disposición de intervenir con estricta sujeción a lo preceptuado en la Ley de Promoción, Atención y Protección a la Infancia de Castilla y León, y también en el Decreto 131/2003, por el que se regula la acción de protección en los menores de edad en situación de riesgo o desamparo, y los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarlos a cabo.

Es cuanto puedo informar por el momento, quedando a la espera de las preguntas y planteamientos de las señoras y señores Procuradores sobre el tema. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, señora Consejera. Desde esta Presidencia se plantea a los Portavoces si se suspende o se continúa la sesión. Se continúa la sesión.

Bien, para su turno de intervención, tiene la palabra el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, doña Begoña Núñez Díez.


LA SEÑORA NÚÑEZ DÍEZ:

Gracias, señora Presidenta. Señora Consejera, decirle, en primer lugar, que no entiendo muy bien el porqué de su comparecencia de hoy, el por qué volver a sacar a la opinión pública este tema tan delicado. Este tema se debatió ya en un Pleno, en octubre del año dos mil tres, y usted pidió la comparecencia, podía haberla retirado.

Y si se lo digo es porque soy de la opinión de que este tema... ante este tema hay que actuar, y cuanto menos... y, cuanto menos esté en los medios de comunicación, pues mucho... mucho mejor. El trasladar otra vez el tema de este niño a la opinión pública, usted sabe que puede alterar y repercutir en la madre, y con ello en la convivencia del pequeño... del niño. Y yo creo que es lo que menos necesitan ahora en esta familia, que parece que está muy calmada, que la madre vuelva a alterarse y volvamos a situaciones toda... que ninguno... que ninguno deseamos. Yo creo que lo que necesitan no es trasladar estos temas a la opinión pública, sino lo que necesitan es apoyo y seguimiento y actuación por parte de su Consejería.

Como usted ha dicho, este niño lleva un periplo desde que nació. Al poco de nacer se considera que es un caso de desprotección, la madre, creo, en aquel momento, que estaba incapacitada para tal fin, pero no voy a entrar en este... en ese tema, y empieza su periplo en un centro de acogida para menores, luego a una familia acogedora, después -con todo lo que sabemos del Auto judicial- otra vez a un centro de acogida, luego con una hermana de la madre, luego vuelta al centro de acogida, luego con su familia biológica, ahora últimamente al centro de acogida y, finalmente, con la familia biológica.

Es un periplo que lleva este niño desde que ha nacido. Todos... y cuando ya vuelve, antes de... de esta última vez, cuando la sentencia judicial a la madre, todos sabemos lo que ha ido sucediendo cuando este niño vuelve con la familia biológica. Es un internamiento de la madre, incendio de la vivienda por parte del padre, falta de responsabilidad de la madre hacia el niño (recuerdo que a través de los medios de comunicación vimos que tuvieron que ir a buscar los vecinos a la madre, que estaba en un bar, porque el niño estaba pidiendo auxilio desde la ventana). Y todo esto hasta octubre del año pasado que los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid actuaron. Actuaron, todo ello, sin que la Junta de Castilla y León, sin que su Consejería supiera lo que estaba pasando con este niño. Tal y como sabemos -y como ha reconocido la propia madre-, llevaba semanas sin asistir al colegio. Y después aparece en Madrid en las circunstancias que todos sabemos, y que yo no voy a entrar en detallar circunstancias de donde estaba, porque le digo que cuanto menos esto salga a la luz mucho mejor. Y, ante todo, y en todo esto, pues, también sufren amenazas los propios técnicos de la Consejería y de los que llevan la intervención familiar.

Y entonces yo le digo que algo ha fallado, que algo ha fallado cuando este niño se recorre España con la madre, pasa lo que está pasando, está en Madrid y de aquí no nos enteramos.

Era y sigue siendo un caso de alto riesgo, señora Consejera, ese tema, y, por eso mi Grupo en su día exigió mayor vigilancia y seguimiento, tanto del niño como de la madre y como del padre. Yo creo que hay que tener una vigilancia extrema y un seguimiento si el niño va al colegio, si está atendido correctamente, si su estado psicológico es bueno, igual que un control a la madre. Si la madre, todos sabemos la patología... la enfermedad que tiene... que tiene la madre y el padre, y sobre todo con la madre, si toma la medicación -que es un tema muy importante en la patología que tiene la madre, yo eso creo que hay que controlarlo-, si su estado mental hace pensar en una crisis, si tiene trabajo, medios económicos, las condiciones de la vivienda, etcétera, etcétera. Entonces, nosotros lo que seguimos exigiendo es un seguimiento extremo y una vigilancia extrema en cuanto al niño y en cuanto a la madre.

La... el Juez en su día -y ahora también- da la custodia a la madre, pero con el seguimiento de los Servicios... de los Servicios Sociales. Usted lo ha dicho: intervención de los Servicios Sociales. Yo creo que esto aunque no lo diga el Juez, la Junta de Castilla y León, su Consejería, yo creo que tiene que ser responsable, porque no hace falta que lo diga el Juez para saber que, aunque no acatemos las decisiones del Juez nosotros tampoco... Vamos... no... las acatamos, no las compartimos, las tenemos que acatar y las tenemos que respetar, pero yo creo que no hace falta que diga un Juez que hay que intervenir en los Servicios Sociales, y tampoco entiendo que ustedes ahora hayan hecho un escrito al Juez diciendo que qué es lo que quiere decir con eso. Yo creo que la Consejería y... su Consejería tiene que saber perfectamente lo que tiene que hacer en cuanto al tema de seguimiento y del control aunque no lo diga la Sentencia.

Porque, señora Consejera, no podemos... yo creo que no nos podemos permitir el volver a fallar y en no tener un control estricto de dónde... de qué es lo que pasa con este niño en cada momento.

Usted en una respuesta en el año... en octubre de dos mil tres, me indicó que no eran policías y que debían... que para estar las veinticuatro horas de guardia y siguiendo al niño. A lo mejor deben de serlo. Y a lo mejor deben de estar todos los servicios técnicos, junto los de la Administración Local como los de su Consejería, en... las veinticuatro horas pendientes del niño. Es un tema de alto riesgo.

Estamos hablando de un niño de cuatro años y medio, que vive con una madre con una patología que le... que le supone muchísimos altibajos y muchísimos trastornos, con un padre, que todos sabemos la enfermedad que tiene, y los problemas añadidos a esa enfermedad.

Tenemos la Ley de Protección a la Infancia y el Decreto de desarrollo de esta Ley en cuanto a la... a la desprotección. Vamos a aplicar la Ley y vamos... como usted ha dicho, lo que dicen las leyes es para cumplirlo, pero yo le digo que en este caso hay que extremarlo, todas las medidas al máximo, todas las medidas que tengamos que hacer hay que extremarlas al máximo.

Y por eso yo le pregunto, en base a lo que nos dice nuestra Ley de Infancia y el Decreto, ¿qué ayudas económicas está recibiendo la madre? Tenemos el programa de intervención familiar, ¿qué asesoramiento y orientación familiar está recibiendo la madre? ¿Qué programas para la normalización de la convivencia? Yo no le quiero decir con esto que me diga lo que hacen los técnicos en cada momento, porque ese es un tema de los técnicos, sino qué programas, con qué asiduidad y cuáles son los... si se van viendo que se van consiguiendo logros para la normalización del niño, y en cuanto al seguimiento del menor en su evolución y en su educación, y qué seguimiento de la madre en cuanto a la enfermedad, a la patología que tiene y a la medicación -que eso es muy importante, un seguimiento para que la madre no deje de tomar el medicamento-. Si se está prestando ayuda a domicilio a esta familia, también me gustaría saberlo. Porque ya en el año dos mil uno, los técnicos de infancia informaban que la aplicación del programa de intervención, sobre todo de habilidades sociales básicas que se... que se estaban dando en ese momento, pues que no se estaban consiguiendo que los padres evolucionasen positivamente. Eso... eso se decía por los técnicos en el año dos mil uno, y que la madre no hacía caso del control de los medicamentos. Por eso nosotros le preguntamos ahora qué medidas y que actuaciones se están llevando a cabo.

Y también le decimos, ¿qué medidas y actuaciones alternativas que marca el Decreto... Porque yo creo que en este caso no nos debemos de quedar con las medidas normalizadas que se pueden dar en otros supuestos, sino esto, que es un caso de alto riesgo, y sabiendo lo que está pasando y lo que puede pasar -como usted ha dicho- no es un tema que esté... que esté cerrado, no sabemos cómo va a evolucionar la madre o las circunstancias. Entonces, yo le digo que qué medidas y actuaciones alternativas que marca el Decreto de protección se están llevando a cabo. Y que qué previsiones... o si se ha estudiado el tema, se tiene con respecto al menor cuando la madre sufra una crisis y tenga que estar hospitalizada o cuando la madre decida irse por ahí cuando tiene una... bueno, que aunque el Juez le prohíba que saque el niño de la ciudad sin darle... bueno, pues, veremos a ver qué es lo que hace. Sí, lo que le quiero decir es que no nos podemos fiar, que lo que está escrito está muy bien, pero por eso le digo que hay que hacer un seguimiento extremo porque es un caso especial.

Entonces, es yo lo que le quiero decir. En este tema trabajemos, hablemos menos, procuremos que la alteración que le pueda producir a la madre el sacar estos temas todos los días a los medios... a los medios de comunicación, vamos, vamos a evitarlos, y que deben de trabajar conjuntamente -y es lo que también le pregunto-, si están trabajando los Servicios Sociales, los Servicios Educativos y los Servicios Sanitarios, a efectos de saber en cada momento la situación tanto del menor como de la familia. Yo le pregunto qué coordinación hay entre estos tres servicios. Y, de momento, nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Muchas gracias, Señoría. Para el turno de intervención, tiene la palabra la Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, doña Francisca Saavedra Hernández.


LA SEÑORA SAAVEDRA HERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Señorías, quiero agradecer, en primer lugar, en nombre del Grupo Popular, la presencia de la excelentísima señora Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades ante estas Cortes de Castilla y León, destacando, en primer lugar, que se trata de una comparecencia a petición propia de la señora Consejera, lo cual no hace poner sino de relieve dos cosas: primero, la transparencia de la Junta de Castilla y León, y la especial sensibilidad hacia los temas relacionados con la protección de menores.

Por otra parte, una comparecencia que nuestro Grupo considera en el tiempo oportuno y debido. Es un tema... en un tema como el que hoy nos... nos ocupa, el elemento fundamental que debe unirnos a todos -y cuando digo a todos me refiero tanto a las fuerzas políticas como a los ciudadanos- es el superior... es el principio básico del superior... interés del menor. Esto no significa que otros intereses dejen de ser legítimos.

Consideramos que un punto de partida crucial a la hora de afrontar casos como el que hoy nos ocupa, de este menor, está en el Artículo 2, de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, Ley Orgánica 1/96, que dice que primará el interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir.

Somos conscientes desde que... que desde la Junta de Castilla y León y desde los diferentes servicios técnicos movilizados a este fin, el superior interés del menor ha sido, sin duda, el principio que ha guiado todas las actuaciones y el criterio básico que se ha seguido.

En un caso como el que hoy nos ocupa con el que se ha llevado con el mayor sigilo por parte de la Junta de Castilla y León, en aras a la protección del menor y con la mayor seguridad para el mismo, desde nuestro Grupo Parlamentario queremos destacar nuestro compromiso con hacer, siempre y en todos los supuestos, todo lo posible para que ese principio del superior interés del menor se cumpla, para que la protección de la infancia tenga el tratamiento adecuado que merece en el marco de nuestro ordenamiento jurídico constitucional.

Queremos destacar que un principio básico del Estado de Derecho es el acatamiento de las decisiones judiciales y la colaboración con el Poder Judicial.

Esto no significa y no ha significado en este caso una actitud pasiva por parte de la Junta de Castilla y León. La Junta de Castilla y León ha demostrado suficientemente que, ante determinadas decisiones judiciales con las que no estaba de acuerdo, debían de seguir los cauces procesales previstos por la ley para impugnación de esas decisiones; pero también con una firme convicción, por principios, como el superior interés del menor que acabamos de poner de manifiesto.

En este caso, podemos estar o no de acuerdo con la Sentencia dictada el pasado día seis de mayo por la Audiencia Provincial de Salamanca; pero, desde luego, nuestro Grupo cree que debemos de acatar las resoluciones judiciales y de llevarlas a cabo de la forma más positiva posible para este menor.

Desde el Grupo Parlamentario Popular manifestamos el reconocimiento a todos los profesionales de los Servicios Sociales que han participado y que siguen participando en el caso; en particular a los siguientes: a la Dirección Técnica de Ordenación de los Servicios Sociales y Protección a la Infancia de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, y, dentro de esta, en concreto al Servicio de Protección a la Infancia; a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Salamanca; y a los profesionales integrantes del equipo de intervención familiar que ha efectuado el seguimiento del menor. A todos ellos el reconocimiento por su profesionalidad, su dedicación y su especial sensibilidad en este caso.

Y quiero agradecer en último lugar, en nombre de mi Grupo y en el mío propio, dado que he seguido muy de cerca todos los acontecimientos de este menor, puesto que he sido Concejala de Servicios Sociales en el Ayuntamiento de Salamanca, y, desde luego, puedo dar fe de todas las actuaciones llevadas a cabo por la Junta de Castilla y León, así como la coordinación entre las dos instituciones -Junta de Castilla y León y Ayuntamiento de Salamanca-.

Y, sobre todo -repito-, quiero agradecer la confianza que en todo momento manifestó la Junta de Castilla y León en la Corporación salmantina, y, sobre todo y en especial, a los técnicos que han venido trabajando y que siguen haciéndolo en este caso, dado que incluso en la última Sentencia Judicial recaída habla de una intervención por parte de los Servicios Sociales. Nuestro Grupo está convencido de que estos servicios de la Corporación salmantina continuarán haciendo todo lo mejor para el desarrollo adecuado de este menor.

Manifestar también nuestro deseo de que, a pesar de todos los avatares acontecidos, y de unos acontecimientos que, desde luego, no parecen lo más apropiados para el desenvolvimiento mejor de los primeros años de vida de una persona, de este menor, pueda tener las condiciones básicas suficientes que posibiliten su participación normalizada en la vida familiar, social, económica y cultural, así como su pleno desarrollo y autonomía como persona.

Y, por último, Señorías, debemos congratularnos de que nuestra Comunidad Autónoma, Castilla y León, haya sabido dotarse de una legislación muy avanzada en materia de infancia, como es la Ley 14/2002, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia; una norma con la que los distintos Grupos Parlamentarios supieron estar a la altura de las circunstancias y que, por su importancia, es un éxito que se aprobara en las Cortes por unanimidad; una norma amplia, clara, taxativa y que debe servir como cauce y guía de intervenciones futuras. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. Desde esta Presidencia se ruega... yo sé que esta sala tiene muy mala insonorización, y, por lo tanto, cualquier murmullo entorpece el normal funcionamiento y dificulta el poder escuchar a la persona interviniente. Luego, por favor, ruego guarden el mayor silencio posible y controlen, en la medida de lo posible, también los móviles. Gracias. Bien. Para.... continuamos la sesión. Para dar contestación a cuantas cuestiones han sido planteadas, le doy la palabra a la señora Consejera.


LA CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (SEÑORA VALDEÓN SANTIAGO):

Muchas gracias, señora Presidenta. Permítanme que conteste, en principio, a los dos Grupos Parlamentarios conjuntamente, porque creo que ha quedado muy claro, afortunadamente, que el espíritu de esta... de esta comparecencia, a petición propia, ha sido la de informar, y creo que es más informativa que de debate. En ese sentido, intentaré responder a muchas de las preguntas de la Procuradora del Grupo Socialista, pero quiero... quiero entender que estamos todos, por lo menos en el fondo, de acuerdo en cuanto al contenido de esto, y evitar entrar en debates, en lo posible, que afecten a la intimidad del menor o de sus padres.

Sí que quiero, pues, explicar la razón de la comparecencia, a petición propia, el momento en el que se pidió fue en el momento en que habían sucedido los hechos que usted ha referido en Madrid. Evidentemente, desde entonces hubo ocasiones de informar, como pudo ser el Pleno de las Cortes, pero dado que una Pregunta de Actualidad tenía un tiempo limitado, consideramos oportuno pedir la comparecencia. En este medio tiempo, por parte de esta Consejería, y personalmente yo misma, pero, por su puesto, todos los responsables de la Consejería han insistido ante los medios de comunicación en la menor difusión de este caso. Luego, lógicamente, no nos parecía adecuado acudir aquí hasta que hubiera una resolución definitiva; resolución que ya se ha producido; y por eso entendemos que ahora es el momento de... no voy a decir de justificar, pero sí de explicar la actuación de la Junta de Castilla y León.

Y cuando le digo la actuación de la Junta de Castilla y León, yo aquí no vengo a defender la actuación de la Junta como... como una entidad sin caras y sin nombres. Vengo a defender la actuación de la Junta de Castilla y León y de todos sus profesionales en este caso. Cuando digo sus profesionales en este caso, estoy incluyendo a aquellos que trabajan en colaboración, como son los profesionales del Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca, en un caso que ha sido especialmente difícil, y especialmente laborioso y especialmente delicado para ellos, pues, por la repercusión social que tuvo.

Sí que... sí que, además de explicar las actuaciones administrativas, voy a intentar no responder a muchas de las preguntas de Su Señoría, porque entiendo que si estamos las dos planteando ahora mismo que en lo posible se... -permítame la expresión- se hurgue poco en las circunstancias, no me gustaría incidir o reincidir en ellas.

Lo que sí le voy a decir es, pues a modo de... a modo de ejemplo, pues, los... bueno, los principios que nos han basado nuestra actuación lo sabe usted, que son el acatar esta Resolución judicial, aun no compartiéndola -seguimos manteniendo que no la compartimos-, pero, por supuesto, la acatamos, el primordial es la protección del menor; pero hay otro, el segundo, que es el respetar las libertades personales, en este caso de la madre.

Usted nos ha pedido una exigencia... o nos ha exigido, o nos ha comentado que lo lógico sería una vigilancia exhaustiva. La vigilancia exhaustiva al menor se está haciendo; pero, desde luego, tiene un límite esa vigilancia, que es la libertad de la madre. La libertad de la madre y la libertad del padre, cuando... cuando proceda, para nosotros es un derecho incuestionable que nos... no nos permite, no nos permite acceder mucho más allá de lo que estamos haciendo.

Desde luego, tenga muy... muy claro una cosa: durante el tiempo ese que... bueno, ese periodo que se produjo desde que el niño retorna con la madre biológica hasta que suceden los lamentables hechos de Madrid, se produjeron veinticuatro entrevistas directas de los técnicos responsables del seguimiento del menor con los padres; se produjeron visitas prácticamente diarias, contactos telefónicos prácticamente diarios, para seguir la evolución del menor, así como con el Director del centro donde acudía el niño a clases o el maestro encargado de su educación.

Al Juez en ese periodo, simplemente, se le enviaron dieciocho informes. En esos dieciocho informes iban absolutamente pormenorizados todos los detalles que entendíamos que podían ser importantes para conocer la evolución del menor: desde si acudía con regularidad al... al colegio, hasta si el aspecto del niño era el correcto, o se había desplazado en algún caso, pues, con la madre. La escolarización del niño no es obligatoria hasta los seis años. En ese medio tiempo se le indujo, se le convenció a la madre para que acudiera el niño al... al centro, porque nos parecía que era una forma mucho más... bueno, era una forma de compensar las posibles carencias que pudiera tener el niño en cuanto a la socialización. Es decir, que todas esas acciones fueron derivadas de la actuación, de la supervisión de los técnicos de la Junta y del Ayuntamiento en este caso.

Sí quería comentarle que ha comentado usted... ha preguntado que por qué le tenemos que preguntar al Juez. Nosotros sabemos perfectamente lo que tenemos que hacer en un caso con un menor; pero sí que es cierto que en su Auto, en la parte dispositiva, él nos dice que "sin perjuicio de las actuaciones sociales que pudiera...". Lo que le estamos preguntado es si quiere alguna más, no si está de acuerdo con las nuestras, porque las nuestras entendemos -y por eso las estamos aplicando-, entendemos que son las mínimas y necesarias.

También es cierto que -como les he comentado antes-, pues, estamos a la espera de que el Juez se pronuncie al respecto y nos amplíe esa solicitud de información que le hemos hecho.

Realmente, no sé si debo... si me queda alguna cuestión más que comentarle, porque -le vuelvo a reiterar- de las preguntas que ha hecho usted, el tema económico de la madre, si... vamos, el tema económico, la situación económica, si ese niño tiene alguna carencia en ese sentido, o el tema de la supervisión y el tratamiento de la patología de la madre, no me parece procedente comentar aquí. Lo que sí le digo es que el problema no es económico. Lógicamente, si hubiera sido económico, la solución, más que el programa de intervención familiar, en el que se le están enseñando a los padres, en este caso a... en este momento solo a la madre, a desarrollar habilidades parentales que le permitan tener un contacto fluido con ese niño. Eso es lo que se le está enseñando. No es problema económico, si no, se habría intentado solucionar, pues, por la vía que procediera.

Y, en ese sentido, sí que le vuelvo a reiterar, y de verdad que puedo ser hasta muy pesada, pero tengo que reiterarle el agradecimiento hacia todos los profesionales, que, además, lo han hecho hasta ahora -por supuesto, sé que lo van a seguir haciendo-, en cuanto al seguimiento de este menor. Y, desde luego, el compromiso de la Junta de Castilla y León que, respetando la resolución judicial -que no compartimos-, vamos a seguir extremando todas las precauciones, todo lo que necesite el menor para el desarrollo.

Existe también un protocolo -que es otra de las cosas que usted me preguntaba-, un protocolo de actuación para, pues, en un hipotético caso de ingreso de la madre en un centro sanitario, lo que habría que hacer en ese caso. Por supuesto, todo es comunicado al Juez. O sea, nosotros ya no vamos a tomar ninguna decisión sin la correspondiente comunicación al Juez, pero actuaremos en el momento; es decir, que si en un momento dado ese niño, por las razones... bueno, pues de evolución de la enfermedad de la madre, necesitara volver a estar bajo nuestra tutela, desde luego, nosotros tenemos que comunicárselo al Juez y asumiríamos esa protección, siempre en la parte que el Juez nos... nos autorice a tomarla.

Y... ¡Ah, bueno!, y un tema que no he comentado, esto, judicialmente nosotros tenemos el... el tema cerrado; quiero decir que ahora mismo no tenemos posibilidades de recurso ante ninguna instancia jurídica superior, por lo que nuestra actuación está limitada a lo que les estoy comentando. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, señora Consejera. Para un turno de réplica, tiene la palabra la Portavoz del Grupo Socialista, doña Begoña Núñez Díez.


LA SEÑORA NÚÑEZ DÍEZ:

Sí. Gracias, señora Presidenta. No entiendo muy bien... yo le agradezco las... todo lo que nos ha comunicado aquí, la información que nos ha dado, pero a lo mejor esa información se podía haber dado de otra forma.

Yo lo que le quiero decir es que vamos a trabajar y vamos a salir menos en los medios de comunicación diciendo lo que hacemos, porque a mí me parece que eso puede alterar a la madre, y eso puede perjudicar al niño. Igual que le digo esto ahora, igual que en octubre... desde octubre hemos estado viendo continuamente noticias suyas, declaraciones suyas, a través de los medios de comunicación, hablándonos de que... de que, cuando iban a sacar el Decreto, que se iba a reforzar la protección. Tenemos una ley, ya teníamos una ley; el Decreto lo que hace es desarrollar la ley. Luego todas estas declaraciones que se hicieron en su día, pues, me parece que son... que sobran. Lo que tenemos que hacer es... es trabajar.

Mire, antes de nada, nosotros... claro que tienen que primar los intereses del menor ante todo, siempre; pero sin olvidar que ahí está también la madre.

Y nosotros está claro que también tenemos confianza y agradecemos toda la profesionalidad que tienen los técnicos, tanto de infancia como de... como de las Corporaciones Locales, como de todos los sitios. Es que aquí se ha repetido varias veces, tanto por usted como por la Portavoz del Grupo Popular, y yo nunca en mi intervención creo que haya dejado de que no... estos técnicos no son buenos profesionales o no hayan hecho todo lo que está en su mano. Desde luego, si así lo han entendido, es erróneo. Nosotros claro que también agradecemos su trabajo, les agradecemos, y confiamos en toda la profesionalidad que tienen, no estos técnicos, sino todos los trabajadores de la Gerencia de Servicios Sociales y de la Consejería.

Pero cuando yo le decía que algo ha fallado, no me estoy refiriéndome a los técnicos, sino que algo ha fallado cuando yo le digo que es un caso de alto riesgo y que este niño falta semanas a clase, y yo no sé si les llega a los técnicos en esa coordinación que debe de haber o no les llega. Y aparece en Madrid, en la situación en que aparece, y son los Servicios Sociales de Madrid -a los que también les tenemos que agradecer su labor- los que se enteran de cómo está la situación del niño.

Por eso yo le digo que algo ha fallado, y a lo mejor tenemos que hacer mucho más hincapié o en otras medidas, porque la intervención que se está haciendo ahora de habilidades básicas -yo no sé si van todos los días los técnicos- ya dijeron los técnicos, en el año dos mil uno, que no daban los frutos que ellos esperaban.

Por eso, yo le digo que hay que insistir, hay que insistir en el tema, hay que estar coordinados y saber puntualmente qué es lo que está pasando con esa familia y con ese niño. Y también tendremos, ¿eh?, que cuidar... que cuidar a la madre y, si es necesario ponerle ayuda a domicilio para que la madre se tome la medicación, pues habrá que ponérsela. No le estoy diciendo que me diga si está puesta o no, le estoy diciendo todo lo que habría... lo que habría que hacer.

Y yo creo que hay que trabajar con la familia también todas estas... estos... que usted nos comentaba que había enviado al Juez de cómo estaba la situación, bueno, pues de que quiso pegar, que no les abría la puerta a los profesionales. Pues yo creo que hay que trabajar con la... con la familia e intentar... e intentar, por parte de su Consejería, ¿eh?, que la madre logre ver a los profesionales como amigos, no como enemigos, porque yo creo que hasta ahora les estaba viendo como enemigos "que me vienen a quitar a mi hijo". Yo creo que si se logra que a los profesionales se les vea como amigos, que lo que van es a intentar ayudar para que tanto ella como el niño viva en una situación normalizada, yo creo que habremos... habremos conseguido mucho.

Y lo que le pido es eso: coordinación, que se sepa puntualmente cómo está este... este tema, vigilancia y seguimiento para que este niño no siga sufriendo más ni avatares ni disparates de los que se han sufrido hasta ahora, y que pueda tener un desarrollo, tanto psicológico como de todo tipo, normalizado, y que su futuro no sea irreversible como puede llegar si no... si no cogemos bien... bien el tema.

Y, voy a terminar, porque, señora Consejera, al Partido Socialista no nos gusta ni nos ha gustado nunca hacer leña del árbol caído. Entonces, lo único que le pedimos es: cumplamos la ley al extremo, pongamos todos los medios necesarios en un caso como este y, si tenemos que estar veinticuatro horas y todos los días donde la madre haciéndole ver que somos como amigos, tendremos que estar.

Repito que respetamos el dictamen del Juez, aunque tampoco lo acatamos, y ahora es a... no, no lo compartimos, perdón, y ahora es a su Consejería, a su Consejería, coordinarse con los Servicios Sociales de la Corporación Local de Salamanca, con los Servicios Sanitarios, con los Servicios Educativos para que este tema salga adelante, porque yo creo que no se puede... no nos podemos permitir el volver a fallar en este tema. Gracias, señora Presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. Para hacer uso del turno de réplica, tiene la palabra la Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, doña Francisca Saavedra.


LA SEÑORA SAAVEDRA HERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Señora Consejera, queremos agradecerle de nuevo las explicaciones dadas a lo largo de su intervención, a la vez que insistimos, una vez más, en la conducta irreprochable que ha tenido en este caso la Junta de Castilla y León, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, una actitud que, desde nuestro punto de vista, ha sido coherente en todo momento, que ha respetado las... perdón, las reglas del juego democrático y que ha tenido en cuenta el principio básico del superior interés del menor, con el debido seguimiento y la protección de los derechos del menor en todo momento.

Yo creo que en un tema como el que hoy nos ocupa es importante destacar la acción de protección como un sistema especializado para la intervención administrativa, con respecto tanto a los niños como a los adolescentes que se encuentran en una situación de riesgo o de desamparo. Lo más importante es garantizar a los menores el pleno desarrollo de autonomía como personas, así como su seguridad y estabilidad, y que también se den esas condiciones básicas suficientes que posibiliten tener al menor una vida normalizada en todos sus diferentes ámbitos.

Para tal fin, se debe desplegar una intervención dirigida fundamentalmente a la mejora del medio familiar que haga posible la participación tanto de los padres o de los responsables del menor, y que suponga, sobre todo, un complemento a las actuaciones de estos, y que también contribuya a una satisfacción adecuada y normalizada de las necesidades que el menor presente.

En este caso, también queremos destacar la aprobación por parte de la Junta de Castilla y León del Decreto 131/2003, de trece de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o de desamparo, así como los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarlas a cabo, en consonancia -como se ha dicho anteriormente- con nuestra Ley de Protección a la Infancia, que es muy pormenorizada y extensa -como el tema que hoy... como el tema que merece- y este Decreto también es una disposición extensa en su articulado, minuciosa en sus contenidos y detallada en sus previsiones.

Reiterar de nuevo nuestro agradecimiento, que es lo que hemos hecho simplemente, a los profesionales que han llevado a cabo este caso, de los servicios sociales tanto de la Junta de Castilla y León como del propio Ayuntamiento, y reiterar una vez más que la Junta, en todo momento, se ha guiado por el principio básico del Estado de Derecho, del acatamiento de las decisiones judiciales y la colaboración con el Poder Judicial, estimando que debían, pues, acatar las resoluciones judiciales y de llevarlas a cabo siempre de la forma más positiva posible para este menor.

Finalizando reiterando una vez más el agradecimiento de este Grupo por la comparecencia a petición propia de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. Para hacer uso de un turno de dúplica, tiene la palabra la Excelentísima señora Consejera.


LA CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (SEÑORA VALDEÓN SANTIAGO):

Muchas gracias. De una forma muy breve, creo que tienen que quedar dos... dos ideas claras en este sentido. Nosotros entendemos que esta no es la mejor solución, no es la definitiva y no es estable, desgraciadamente; pero, a la vez que le comento esto, sí que tiene que quedar claro que, para nosotros, es un menor en situación de riesgo, no es un menor protegido en cuanto a la asunción de tutela, lo que nos limita mucho nuestras posibilidades de actuación, nuestras posibilidades de... de tomar decisiones en cuanto a ese niño.

Y, dichas estas dos cuestiones, sí que quiero recordar algo, este... el caso de este niño ha tenido una trascendencia social y pública que nos hace estar hoy aquí sentados, pero, desde luego, no nos olvidemos en ningún momento de la cantidad de menores que existen protegidos, estando hablando... estaba hojeando y, simplemente con eso, veía que en Salamanca, por hacer una comparación en el lugar donde estamos hablando, son ciento cincuenta y cinco familias las que están en el programa de intervención familiar, con doscientos cuarenta y siete menores. Y, en ese sentido, reiterarle que el compromiso de la Junta de Castilla y León, en cuanto al seguimiento de este niño, va a ser coordinado, desde luego va a haber una vigilancia y un seguimiento exhaustivo en la medida de nuestras posibilidades y en la medida de nuestras competencias y de no invadir ni lesionar la intimidad de nadie, sí va a ser un seguimiento por parte de los... del equipo de intervención familiar del Ayuntamiento pero siempre con conocimiento de la Junta de Castilla y León.

Y reiterarle que nuestro compromiso es desarrollar esa Ley que se aprobaron en estas Cortes, afortunadamente con un amplio consenso y agradezco... y agradezco que en eso estemos de acuerdo. Y vamos a seguir. Y usted conoce que durante este último año se han aprobado varios decretos, decretos que todos inciden en esa regularización de la protección del menor, de evitar las situaciones de desprotección, y esa es la que creo que es nuestra forma de seguir trabajando, por una parte con las normas, y en este caso concreto, y tan específico, y tan... tan, bueno, tan, en algunos casos, bueno, particular, pues sí reiterarle que, desde luego, el trabajo de la Junta de Castilla y León y de los... del Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca va a ser coordinado y va a ser con todo el seguimiento y vigilancia que se pueda... que nos pueda permitir un Estado de Derecho, como el que estamos, y una Sentencia judicial que nos ha dejado muy claro cuál es nuestro papel. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, señora Consejera. Finalizado el turno de intervención de Portavoces, ¿algún otro Procurador de esta Comisión quiere intervenir?

Bien. Agradecer a la señora Consejera su colaboración y su disponibilidad para con esta Comisión, comunicar a los miembros de la Comisión que... estaba previsto tener la próxima Comisión el día dieciséis, pero creo que no va a ser posible, por lo tanto, agradecer el talante que ha habido entre los miembros de esta Comisión, y creo que despedirnos hasta el próximo periodo de sesiones. Gracias. Se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las trece horas].


DS(C) nº 157/6 del 9/6/2004

CVE="DSCOM-06-000157"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VI Legislatura
Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades
DS(C) nº 157/6 del 9/6/2004
CVE: DSCOM-06-000157

DS(C) nº 157/6 del 9/6/2004. Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades
Sesión Celebrada el día 09 de junio de 2004, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: María Canto Benito y Benítez de Lugo
Pags. 3161-3172

ORDEN DEL DÍA:

1. Comparecencia de la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, SC 25-I, a petición propia, para informar a la Comisión sobre: - Actuación de la Junta de Castilla y León en relación con la defensa de los intereses de un menor y su reingreso en un centro de acogida de la Comunidad.

SUMARIO:

 **  Se inicia la sesión a las doce horas cinco minutos.

 **  La Presidenta, Sra. Benito Benítez de Lugo, abre la sesión y comunica las sustituciones.

 **  Primer punto del Orden del Día. SC 25.

 **  La Letrada, Sra. Seseña Santos, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  Intervención de la Sra. Valdeón Santiago, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, para informar a la Comisión.

 **  La Presidenta, Sra. Benito Benítez de Lugo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 **  En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Núñez Díez (Grupo Socialista).

 **  En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Saavedra Hernández (Grupo Popular).

 **  Contestación de la Sra. Valdeón Santiago, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades.

 **  En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Núñez Díez (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Saavedra Hernández (Grupo Popular).

 **  En turno de dúplica, interviene la Sra. Valdeón Santiago, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades.

 **  La Presidenta, Sra. Benito Benítez de Lugo, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las trece horas.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las doce horas cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Señorías, buenos días a todos. Se abre la sesión. Por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios ¿alguna sustitución que comunicar? ¿Portavoz del Grupo Socialista?


LA SEÑORA NÚÑEZ DÍEZ:

Sí, señora Presidenta. Óscar Sánchez sustituye a doña Mercedes Martín y don Ángel Fernando García Cantalejo a doña Victorina Alonso.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. ¿Portavoz del Grupo Parlamentario Popular?


LA SEÑORA SANZ JERÓNIMO:

Sí. Gracias, señora Presidenta. Doña Pilar San Segundo sustituye a don José Antonio Velasco, doña Soledad Romeral sustituye a don José Antonio de Miguel y doña Pilar Álvarez sustituye a don Ángel Barrios.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. Bien. Bien, no estando presente en este momento ni el Vicepresidente de la Mesa... Por favor, se ruega silencio. Por favor, se ruega silencio. Bien, no estando presente ni el Vicepresidente ni la Secretaria o Secretario de esta Comisión, dará lectura al primer punto del Orden del Día el Letrado de la Cámara.

SC 25


LA LETRADA (SEÑORA SESEÑA SANTOS):

Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia de la Excelentísima señora Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, a petición propia, para informar a la Comisión sobre la actuación de la Junta de Castilla y León en relación con la defensa de los intereses de un menor y su reingreso en un centro de acogida de la Comunidad".


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Muchas gracias, señora Letrada. En este momento tiene la palabra la Excelentísima señora Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades.


LA CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (SEÑORA VALDEÓN SANTIAGO):

Buenos días. Gracias, señora Presidenta. Señoras y señores Procuradores, comparezco nuevamente ante esta Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades, en esta ocasión para informar a Sus Señorías acerca de las actuaciones de la Junta de Castilla y León en relación a la defensa de los intereses del menor D.L.B.

Con carácter previo, quisiera hacer notar que esta es una comparecencia de petición propia, pero que la iniciativa de comparecer la adopté a principios de octubre del año pasado. Lo digo porque, entre esta fecha inicial y la actualidad de esta comparecencia, se ha producido un pronunciamiento judicial por parte de la Audiencia Provincial de Salamanca que incide de forma directa en el caso y que, como es lógico, habremos de tener muy presente a la hora de enfocar el ejercicio de nuestras competencias en esta materia.

No obstante, quisiera recordar que, respecto a la situación de la fecha inicial de presentación de esta solicitud de comparecencia, ya tuve ocasión de informar a Sus Señorías acerca de la postura de la Junta de Castilla y León en el Pleno de las Cortes celebrado el día catorce de octubre de dos mil tres.

Paso, así, a desglosar el contenido básico de la intervención.

Ante todo, quisiera destacar, Señorías, que en este primer... que en este caso, perdón, siempre nos hemos guiado por el principio fundamental del superior interés del menor; un principio en el que creemos firmemente, y que estamos llevando a la práctica en todas las cosas que hacemos con relación a la protección de la infancia: desde el despliegue de nuestras potestades normativas hasta nuestra relación con las Corporaciones Locales, desde las decisiones en relación con la interposición de recursos de índole judicial hasta nuestra política de centros, de concertación, o los criterios profesionales del personal técnico asignado a estos supuestos.

Es evidente que el departamento que dirijo no puede ser sospechoso de no creer en las familias, en las distintas formas de familia, y, en este caso, en la prioridad del desenvolvimiento de los menores en el medio familiar, tal y como contempla la legislación vigente. Sin embargo, reitero que creemos y aplicamos el principio del superior interés del menor. Creemos y aplicamos que los derechos de las personas menores de edad merecen una especialísima protección, superior a la que merecen otros intereses jurídicos, muchas veces muy importantes y también muy legítimos. Creemos que lo que dicen nuestras leyes hay que cumplirlo; nos tomamos muy en serio nuestras responsabilidades en materia de protección a la infancia, y así lo hemos hecho en este caso.

No obstante -y estas son las reglas del juego en un Estado democrático de Derecho-, hemos mantenido también en todo momento el principio de respeto a las resoluciones judiciales. Siempre hemos entendido que nuestra actuación administrativa estaba sometida a revisión judicial, y siempre hemos actuado en estricto cumplimiento de la legislación vigente.

Por otro lado, hemos actuado también conforme a un principio de exquisito respeto a las libertades personales de los ciudadanos, a los que ningún Juez ha impuesto restricciones en sus derechos civiles.

El imperio de la ley, el principio de la legalidad, la seguridad jurídica, el rigor y la interpretación y la aplicación de las normas con respeto a las reglas del juego, en definitiva, son importantes en todos los casos en una democracia, pero más aún cuando lo que estamos hablando es de los derechos y del desarrollo adecuado de la personalidad de un menor. Por eso, creo que debemos congratularnos todos de haber conseguido en las Cortes de Castilla y León que los menores y adolescentes de nuestra Comunidad dispongan de una atención y protección sustentada en una ley completa, muy elaborada y con un absoluto respaldo por parte de todas las fuerzas políticas.

Entiendo, pues, Señorías, que en materia de protección de menores no debe, efectivamente, haber quiebras, sino que hemos de trabajar todos juntos por unos objetivos básicos en los que -como hemos dicho- todos estamos de acuerdo.

Dicho lo cual, paso a detallar más detenidamente algunos puntos de las actuaciones realizadas por la Junta de Castilla y León en relación con la defensa de los intereses del menor.

Como es conocido, este menor fue tutelado por la Junta de Castilla y León y entregado en acogimiento familiar provisional preadoptivo a una familia para su integración definitiva y estable, con el objetivo de que el niño creciera en un ambiente seguro y con las condiciones básicas suficientes para garantizar su participación normalizada en la vida familiar, social, económica y cultural, así como su pleno desarrollo y autonomía como persona. En este caso, este ha sido siempre nuestro objetivo: proporcionarle un núcleo de convivencia estable, seguro y permanente.

No obstante, mediante Resolución de fecha nueve de mayo de dos mil, del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca, ratificada tras el primer Recurso de la Junta de Castilla y León por la Audiencia Provincial de Salamanca en fecha once de noviembre del dos mil, se decretó el retorno del niño con su madre biológica, bajo la supervisión de la Junta y con apoyo técnico continuo mediante el programa de intervención familiar conveniado con el Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca.

No entraré a profundizar las circunstancias personales de los padres ni el pormenor en los acontecimientos administrativos y judiciales por los que ha atravesado durante estos años, ambos aspectos sobradamente conocidos, pero sí quiero analizar más detenidamente, en cambio, la actuación administrativa concreta desplegada durante este tiempo y la valoración que hacemos al respecto.

Comenzaré exponiendo, si Sus Señorías me lo permiten, la actuación administrativa a través del programa de intervención familiar.

Recordarán ustedes que, desde marzo del año dos mil uno, la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Salamanca acuerda, entre otras, la medida de intervención familiar como la más adecuada para que, en el marco de lo resuelto jurídicamente, los padres de Diego adquirieran las habilidades necesarias para desempeñar sus funciones parentales.

Posteriormente, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca, en su Auto de fecha uno de julio de dos mil dos, dispuso también la supervisión de los servicios sociales y la intervención directa del programa de intervención familiar. Dicha intervención ha sido desarrollada desde un equipo de intervención familiar, del que es titular el Ayuntamiento de Salamanca, y para cuyo funcionamiento recibe este financiación de la Administración Regional a través del Acuerdo Marco de Cofinanciación de los Servicios Sociales y Prestaciones Sociales Básicas que han de llevarse a cabo por las Entidades Locales.

Me gustaría destacar que tales intervenciones, iniciadas el día cinco de marzo de dos mil uno, continúan en la actualidad, superando ya la duración habitual de estos programas.

Es además destacable que, desde la consideración de la finalidad de ayuda que es consustancial a los mismos, se ha cuidado particularmente de no interferir en el normal desarrollo de la dinámica familiar, en consonancia, también, con lo establecido en los autos judiciales.

Estamos hablando, por tanto, de una intervención social de contenido eminentemente técnico, que se ha venido reflejando en la valoración del caso, la ejecución de las actuaciones y el seguimiento y evaluación de los resultados conseguidos, manteniéndose una constante y fluida comunicación y una permanente colaboración entre los Servicios de Protección a la Infancia de ámbito territorial, dependientes de la Consejería de Familia, y los profesionales del equipo de la Corporación Local encargados del programa.

Esta intervención, Señorías, ha estado volcada en contribuir al buen estado y a la adecuada evolución del niño. Para ello, desde la Administración de la Comunidad, y como medida adicional, se ha reforzado el trabajo del correspondiente equipo de intervención familiar que tiene encomendada la actuación en estos casos con la activación de los recursos y actuaciones complementarios que han sido precisos en cada momento.

Hemos sido, por tanto, insistentes en esta tarea de protección; hemos hecho todo lo que deberíamos hacer con la continuidad del esfuerzo y el cuidado en el seguimiento del caso, y la disponibilidad para el despliegue puntual de los recursos de las vicisitudes que el mismo podría reclamar; hemos puesto a disposición del caso todos los recursos disponibles en el ámbito de la protección de menores. Pero quisiera destacar, Señorías, el trabajo por parte de los profesionales, que, sin duda, se debe calificar de intensísimo. Por eso, quiero agradecer de nuevo públicamente a los trabajadores de ambas Administraciones, del Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca y de la Junta de Castilla y León su enorme profesionalidad, su independencia, su labor eficaz y su absoluta implicación.

Cierto es que, a pesar de la duración e intensidad, inusuales, en la intervención familiar llevada a cabo con los padres de Diego, se hace muy difícil, dadas las características y circunstancias del caso, mejorar el medio familiar hasta una situación que pudiéramos calificar de relativa normalidad. Sin embargo, se está trabajando continuamente para propiciar la consecución de unos mínimos que permitan asegurar la atención de las necesidades del menor y las condiciones... en las condiciones básicas adecuadas y suficientes.

Pues bien, Señorías -como antes señalaba-, el Auto, de fecha de seis de mayo de dos mil cuatro, de la Audiencia Provincial de Salamanca, ha venido a ratificar la última Resolución del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca, por la que se determinaba -textualmente- "dejar sin efecto el acogimiento residencial establecido, autorizar la permanencia continuada del menor con su madre, quien ostentará, de nuevo, la guarda y custodia de su hijo, y advirtiendo a su madre que no podrá trasladar a Diego fuera de la ciudad sin la autorización expresa del Juzgado. Y, en ejecución del mismo Auto, se acordarán las medidas relativas al seguimiento psiquiátrico y psicológico de la madre, escolarización del menor, seguimiento psicológico de este e intervención de los Servicios Sociales". Todo este párrafo es textual de la Sentencia del... del Auto del Juzgado.

Nos encontramos, pues, ante una Resolución que agota la vía judicial y que no deja otro margen a la Administración Regional en su estricto cumplimiento, tal y como es de rigor en un Estado de Derecho como el nuestro.

Ambas Resoluciones, la del Juzgado y la de la Audiencia, conllevan la consideración de la situación en que se encuentra el menor como una situación de riesgo, excluyendo toda posibilidad de apreciación de la existencia de una situación formal de desamparo.

Como es... como lógica consecuencia de lo anterior, el marco estricto de lo resuelto en sede judicial únicamente permite la adopción y ejecución de las actuaciones previstas normativamente para los casos de riesgo, cuyo desarrollo debe impulsarse y llevarse a cabo desde las instancias competentes al efecto.

De acuerdo con lo anterior, una vez conocido el tenor de ambas Resoluciones, y en aplicación de la normativa vigente reguladora de la acción de protección de Castilla y León, y valorado este caso desde una perspectiva estrictamente técnica por los profesionales de ambas Administraciones, se ha acordado formalmente mantener la medida de apoyo de familia, a través del programa de intervención familiar que venían ejecutando desde los servicios dependientes del Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca. De este Acuerdo hemos dado puntual traslado, para su conocimiento, al Ilustrísimo Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca, mediante escrito de fecha dieciséis de enero. Y, al mismo tiempo, desde la Administración Regional, se ha solicitado intervención al Juez acerca del alcance y el contenido de la expresión "intervención de los Servicios Sociales" que se utiliza en la parte dispositiva del Auto de veintidós de diciembre del referido Juzgado, aspecto que, a fecha de hoy, aún no ha sido especificado.

Así pues, la Administración Regional acata las resoluciones judiciales, una vez agotados los recursos interpuestos, y seguirá atentamente el desarrollo posterior, en este caso, efectuando aquellas intervenciones estrictamente tasadas por nuestro ordenamiento jurídico.

En otras palabras, Señorías, estamos obligados a cumplir lo... a cumplir estrictamente esta Resolución judicial; y, en todo lo que sea compatible con la misma, vamos a cumplir estrictamente también, como no puede ser de otra forma, las Disposiciones de la Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León, y del Decreto 131/2003, de 13 de noviembre, que la desarrolla.

Reitero, pues, que, conforme a la mencionada normativa, corresponde a la Administración Local continuar la intervención social, en este caso, en consonancia con lo judicialmente dictaminado, ya que las Entidades Locales -en este caso, el Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca- ostentan las competencias para intervenir en los supuestos de desprotección que constituyen situaciones de riesgo cuando los niños se encuentran en los domicilios con sus familias. Se entienden por tales las que, independientemente de su naturaleza, perjudiquen al desarrollo del menor pero no requieran la asunción de la tutela por ministerio de la ley, como es el caso que nos ocupa tras la resolución judicial recaída.

En definitiva, esta nueva situación ha sido analizada por los técnicos de ambas Administraciones, una vez más de manera conjunta y coordinada, acordándose que se dan las circunstancias previstas en las disposiciones específicas reguladoras de esta materia para la intervención desde el ámbito local.

Todos estos extremos han sido formalmente comunicados recientemente al ilustrísimo señor Magistrado Juez, participándole que en el... que el caso pasa a ser en la actualidad competencia de dicha Corporación Local y quedando, no obstante, a su disposición, si lo estimara en otra cosa para el desarrollo de las medidas contempladas en el Auto.

Como comprenderán Sus Señorías, lo anterior no obsta para que, desde el respeto a las decisiones judiciales, pero también desde la consideración legítima de la perspectiva de intervención administrativa en la actuación de las funciones encomendadas por la ley a la entidad pública de protección de menores, y de conformidad con la aplicación de los principios, criterios y reglas establecidos para esta actividad, podamos hacer nuestra propia valoración de la resolución judicial dada a este caso, solución que no nos parece que sea, como la normativa reclama, una solución definitiva, segura o estable.

En efecto, parece que hoy no puede afirmarse como definitiva una solución que, hoy por hoy, sigue estando inevitablemente ligada al devenir difícilmente previsible de las patologías de los progenitores o de su adecuado control; no cabe tampoco calificarla de forma terminante como segura, pues no puede descartarse la probabilidad de eventuales riesgos para el menor, ligados a la aparición de futuras situaciones de descompensación; ni, en fin, es posible tampoco hablar de estabilidad para un caso en el que, hasta el momento, no se han producido sino vaivenes y cambios con consecuencias de inseguridad e inestabilidad nada beneficiosas para el menor, desde el punto de vista de su desarrollo, en una edad, por lo demás, especialmente delicada.

Con independencia de estas consideraciones, y en la medida que sea necesario, Señorías, seguiremos estando permanentemente en disposición de intervenir con estricta sujeción a lo preceptuado en la Ley de Promoción, Atención y Protección a la Infancia de Castilla y León, y también en el Decreto 131/2003, por el que se regula la acción de protección en los menores de edad en situación de riesgo o desamparo, y los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarlos a cabo.

Es cuanto puedo informar por el momento, quedando a la espera de las preguntas y planteamientos de las señoras y señores Procuradores sobre el tema. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, señora Consejera. Desde esta Presidencia se plantea a los Portavoces si se suspende o se continúa la sesión. Se continúa la sesión.

Bien, para su turno de intervención, tiene la palabra el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, doña Begoña Núñez Díez.


LA SEÑORA NÚÑEZ DÍEZ:

Gracias, señora Presidenta. Señora Consejera, decirle, en primer lugar, que no entiendo muy bien el porqué de su comparecencia de hoy, el por qué volver a sacar a la opinión pública este tema tan delicado. Este tema se debatió ya en un Pleno, en octubre del año dos mil tres, y usted pidió la comparecencia, podía haberla retirado.

Y si se lo digo es porque soy de la opinión de que este tema... ante este tema hay que actuar, y cuanto menos... y, cuanto menos esté en los medios de comunicación, pues mucho... mucho mejor. El trasladar otra vez el tema de este niño a la opinión pública, usted sabe que puede alterar y repercutir en la madre, y con ello en la convivencia del pequeño... del niño. Y yo creo que es lo que menos necesitan ahora en esta familia, que parece que está muy calmada, que la madre vuelva a alterarse y volvamos a situaciones toda... que ninguno... que ninguno deseamos. Yo creo que lo que necesitan no es trasladar estos temas a la opinión pública, sino lo que necesitan es apoyo y seguimiento y actuación por parte de su Consejería.

Como usted ha dicho, este niño lleva un periplo desde que nació. Al poco de nacer se considera que es un caso de desprotección, la madre, creo, en aquel momento, que estaba incapacitada para tal fin, pero no voy a entrar en este... en ese tema, y empieza su periplo en un centro de acogida para menores, luego a una familia acogedora, después -con todo lo que sabemos del Auto judicial- otra vez a un centro de acogida, luego con una hermana de la madre, luego vuelta al centro de acogida, luego con su familia biológica, ahora últimamente al centro de acogida y, finalmente, con la familia biológica.

Es un periplo que lleva este niño desde que ha nacido. Todos... y cuando ya vuelve, antes de... de esta última vez, cuando la sentencia judicial a la madre, todos sabemos lo que ha ido sucediendo cuando este niño vuelve con la familia biológica. Es un internamiento de la madre, incendio de la vivienda por parte del padre, falta de responsabilidad de la madre hacia el niño (recuerdo que a través de los medios de comunicación vimos que tuvieron que ir a buscar los vecinos a la madre, que estaba en un bar, porque el niño estaba pidiendo auxilio desde la ventana). Y todo esto hasta octubre del año pasado que los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid actuaron. Actuaron, todo ello, sin que la Junta de Castilla y León, sin que su Consejería supiera lo que estaba pasando con este niño. Tal y como sabemos -y como ha reconocido la propia madre-, llevaba semanas sin asistir al colegio. Y después aparece en Madrid en las circunstancias que todos sabemos, y que yo no voy a entrar en detallar circunstancias de donde estaba, porque le digo que cuanto menos esto salga a la luz mucho mejor. Y, ante todo, y en todo esto, pues, también sufren amenazas los propios técnicos de la Consejería y de los que llevan la intervención familiar.

Y entonces yo le digo que algo ha fallado, que algo ha fallado cuando este niño se recorre España con la madre, pasa lo que está pasando, está en Madrid y de aquí no nos enteramos.

Era y sigue siendo un caso de alto riesgo, señora Consejera, ese tema, y, por eso mi Grupo en su día exigió mayor vigilancia y seguimiento, tanto del niño como de la madre y como del padre. Yo creo que hay que tener una vigilancia extrema y un seguimiento si el niño va al colegio, si está atendido correctamente, si su estado psicológico es bueno, igual que un control a la madre. Si la madre, todos sabemos la patología... la enfermedad que tiene... que tiene la madre y el padre, y sobre todo con la madre, si toma la medicación -que es un tema muy importante en la patología que tiene la madre, yo eso creo que hay que controlarlo-, si su estado mental hace pensar en una crisis, si tiene trabajo, medios económicos, las condiciones de la vivienda, etcétera, etcétera. Entonces, nosotros lo que seguimos exigiendo es un seguimiento extremo y una vigilancia extrema en cuanto al niño y en cuanto a la madre.

La... el Juez en su día -y ahora también- da la custodia a la madre, pero con el seguimiento de los Servicios... de los Servicios Sociales. Usted lo ha dicho: intervención de los Servicios Sociales. Yo creo que esto aunque no lo diga el Juez, la Junta de Castilla y León, su Consejería, yo creo que tiene que ser responsable, porque no hace falta que lo diga el Juez para saber que, aunque no acatemos las decisiones del Juez nosotros tampoco... Vamos... no... las acatamos, no las compartimos, las tenemos que acatar y las tenemos que respetar, pero yo creo que no hace falta que diga un Juez que hay que intervenir en los Servicios Sociales, y tampoco entiendo que ustedes ahora hayan hecho un escrito al Juez diciendo que qué es lo que quiere decir con eso. Yo creo que la Consejería y... su Consejería tiene que saber perfectamente lo que tiene que hacer en cuanto al tema de seguimiento y del control aunque no lo diga la Sentencia.

Porque, señora Consejera, no podemos... yo creo que no nos podemos permitir el volver a fallar y en no tener un control estricto de dónde... de qué es lo que pasa con este niño en cada momento.

Usted en una respuesta en el año... en octubre de dos mil tres, me indicó que no eran policías y que debían... que para estar las veinticuatro horas de guardia y siguiendo al niño. A lo mejor deben de serlo. Y a lo mejor deben de estar todos los servicios técnicos, junto los de la Administración Local como los de su Consejería, en... las veinticuatro horas pendientes del niño. Es un tema de alto riesgo.

Estamos hablando de un niño de cuatro años y medio, que vive con una madre con una patología que le... que le supone muchísimos altibajos y muchísimos trastornos, con un padre, que todos sabemos la enfermedad que tiene, y los problemas añadidos a esa enfermedad.

Tenemos la Ley de Protección a la Infancia y el Decreto de desarrollo de esta Ley en cuanto a la... a la desprotección. Vamos a aplicar la Ley y vamos... como usted ha dicho, lo que dicen las leyes es para cumplirlo, pero yo le digo que en este caso hay que extremarlo, todas las medidas al máximo, todas las medidas que tengamos que hacer hay que extremarlas al máximo.

Y por eso yo le pregunto, en base a lo que nos dice nuestra Ley de Infancia y el Decreto, ¿qué ayudas económicas está recibiendo la madre? Tenemos el programa de intervención familiar, ¿qué asesoramiento y orientación familiar está recibiendo la madre? ¿Qué programas para la normalización de la convivencia? Yo no le quiero decir con esto que me diga lo que hacen los técnicos en cada momento, porque ese es un tema de los técnicos, sino qué programas, con qué asiduidad y cuáles son los... si se van viendo que se van consiguiendo logros para la normalización del niño, y en cuanto al seguimiento del menor en su evolución y en su educación, y qué seguimiento de la madre en cuanto a la enfermedad, a la patología que tiene y a la medicación -que eso es muy importante, un seguimiento para que la madre no deje de tomar el medicamento-. Si se está prestando ayuda a domicilio a esta familia, también me gustaría saberlo. Porque ya en el año dos mil uno, los técnicos de infancia informaban que la aplicación del programa de intervención, sobre todo de habilidades sociales básicas que se... que se estaban dando en ese momento, pues que no se estaban consiguiendo que los padres evolucionasen positivamente. Eso... eso se decía por los técnicos en el año dos mil uno, y que la madre no hacía caso del control de los medicamentos. Por eso nosotros le preguntamos ahora qué medidas y que actuaciones se están llevando a cabo.

Y también le decimos, ¿qué medidas y actuaciones alternativas que marca el Decreto... Porque yo creo que en este caso no nos debemos de quedar con las medidas normalizadas que se pueden dar en otros supuestos, sino esto, que es un caso de alto riesgo, y sabiendo lo que está pasando y lo que puede pasar -como usted ha dicho- no es un tema que esté... que esté cerrado, no sabemos cómo va a evolucionar la madre o las circunstancias. Entonces, yo le digo que qué medidas y actuaciones alternativas que marca el Decreto de protección se están llevando a cabo. Y que qué previsiones... o si se ha estudiado el tema, se tiene con respecto al menor cuando la madre sufra una crisis y tenga que estar hospitalizada o cuando la madre decida irse por ahí cuando tiene una... bueno, que aunque el Juez le prohíba que saque el niño de la ciudad sin darle... bueno, pues, veremos a ver qué es lo que hace. Sí, lo que le quiero decir es que no nos podemos fiar, que lo que está escrito está muy bien, pero por eso le digo que hay que hacer un seguimiento extremo porque es un caso especial.

Entonces, es yo lo que le quiero decir. En este tema trabajemos, hablemos menos, procuremos que la alteración que le pueda producir a la madre el sacar estos temas todos los días a los medios... a los medios de comunicación, vamos, vamos a evitarlos, y que deben de trabajar conjuntamente -y es lo que también le pregunto-, si están trabajando los Servicios Sociales, los Servicios Educativos y los Servicios Sanitarios, a efectos de saber en cada momento la situación tanto del menor como de la familia. Yo le pregunto qué coordinación hay entre estos tres servicios. Y, de momento, nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Muchas gracias, Señoría. Para el turno de intervención, tiene la palabra la Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, doña Francisca Saavedra Hernández.


LA SEÑORA SAAVEDRA HERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Señorías, quiero agradecer, en primer lugar, en nombre del Grupo Popular, la presencia de la excelentísima señora Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades ante estas Cortes de Castilla y León, destacando, en primer lugar, que se trata de una comparecencia a petición propia de la señora Consejera, lo cual no hace poner sino de relieve dos cosas: primero, la transparencia de la Junta de Castilla y León, y la especial sensibilidad hacia los temas relacionados con la protección de menores.

Por otra parte, una comparecencia que nuestro Grupo considera en el tiempo oportuno y debido. Es un tema... en un tema como el que hoy nos... nos ocupa, el elemento fundamental que debe unirnos a todos -y cuando digo a todos me refiero tanto a las fuerzas políticas como a los ciudadanos- es el superior... es el principio básico del superior... interés del menor. Esto no significa que otros intereses dejen de ser legítimos.

Consideramos que un punto de partida crucial a la hora de afrontar casos como el que hoy nos ocupa, de este menor, está en el Artículo 2, de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, Ley Orgánica 1/96, que dice que primará el interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir.

Somos conscientes desde que... que desde la Junta de Castilla y León y desde los diferentes servicios técnicos movilizados a este fin, el superior interés del menor ha sido, sin duda, el principio que ha guiado todas las actuaciones y el criterio básico que se ha seguido.

En un caso como el que hoy nos ocupa con el que se ha llevado con el mayor sigilo por parte de la Junta de Castilla y León, en aras a la protección del menor y con la mayor seguridad para el mismo, desde nuestro Grupo Parlamentario queremos destacar nuestro compromiso con hacer, siempre y en todos los supuestos, todo lo posible para que ese principio del superior interés del menor se cumpla, para que la protección de la infancia tenga el tratamiento adecuado que merece en el marco de nuestro ordenamiento jurídico constitucional.

Queremos destacar que un principio básico del Estado de Derecho es el acatamiento de las decisiones judiciales y la colaboración con el Poder Judicial.

Esto no significa y no ha significado en este caso una actitud pasiva por parte de la Junta de Castilla y León. La Junta de Castilla y León ha demostrado suficientemente que, ante determinadas decisiones judiciales con las que no estaba de acuerdo, debían de seguir los cauces procesales previstos por la ley para impugnación de esas decisiones; pero también con una firme convicción, por principios, como el superior interés del menor que acabamos de poner de manifiesto.

En este caso, podemos estar o no de acuerdo con la Sentencia dictada el pasado día seis de mayo por la Audiencia Provincial de Salamanca; pero, desde luego, nuestro Grupo cree que debemos de acatar las resoluciones judiciales y de llevarlas a cabo de la forma más positiva posible para este menor.

Desde el Grupo Parlamentario Popular manifestamos el reconocimiento a todos los profesionales de los Servicios Sociales que han participado y que siguen participando en el caso; en particular a los siguientes: a la Dirección Técnica de Ordenación de los Servicios Sociales y Protección a la Infancia de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, y, dentro de esta, en concreto al Servicio de Protección a la Infancia; a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Salamanca; y a los profesionales integrantes del equipo de intervención familiar que ha efectuado el seguimiento del menor. A todos ellos el reconocimiento por su profesionalidad, su dedicación y su especial sensibilidad en este caso.

Y quiero agradecer en último lugar, en nombre de mi Grupo y en el mío propio, dado que he seguido muy de cerca todos los acontecimientos de este menor, puesto que he sido Concejala de Servicios Sociales en el Ayuntamiento de Salamanca, y, desde luego, puedo dar fe de todas las actuaciones llevadas a cabo por la Junta de Castilla y León, así como la coordinación entre las dos instituciones -Junta de Castilla y León y Ayuntamiento de Salamanca-.

Y, sobre todo -repito-, quiero agradecer la confianza que en todo momento manifestó la Junta de Castilla y León en la Corporación salmantina, y, sobre todo y en especial, a los técnicos que han venido trabajando y que siguen haciéndolo en este caso, dado que incluso en la última Sentencia Judicial recaída habla de una intervención por parte de los Servicios Sociales. Nuestro Grupo está convencido de que estos servicios de la Corporación salmantina continuarán haciendo todo lo mejor para el desarrollo adecuado de este menor.

Manifestar también nuestro deseo de que, a pesar de todos los avatares acontecidos, y de unos acontecimientos que, desde luego, no parecen lo más apropiados para el desenvolvimiento mejor de los primeros años de vida de una persona, de este menor, pueda tener las condiciones básicas suficientes que posibiliten su participación normalizada en la vida familiar, social, económica y cultural, así como su pleno desarrollo y autonomía como persona.

Y, por último, Señorías, debemos congratularnos de que nuestra Comunidad Autónoma, Castilla y León, haya sabido dotarse de una legislación muy avanzada en materia de infancia, como es la Ley 14/2002, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia; una norma con la que los distintos Grupos Parlamentarios supieron estar a la altura de las circunstancias y que, por su importancia, es un éxito que se aprobara en las Cortes por unanimidad; una norma amplia, clara, taxativa y que debe servir como cauce y guía de intervenciones futuras. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. Desde esta Presidencia se ruega... yo sé que esta sala tiene muy mala insonorización, y, por lo tanto, cualquier murmullo entorpece el normal funcionamiento y dificulta el poder escuchar a la persona interviniente. Luego, por favor, ruego guarden el mayor silencio posible y controlen, en la medida de lo posible, también los móviles. Gracias. Bien. Para.... continuamos la sesión. Para dar contestación a cuantas cuestiones han sido planteadas, le doy la palabra a la señora Consejera.


LA CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (SEÑORA VALDEÓN SANTIAGO):

Muchas gracias, señora Presidenta. Permítanme que conteste, en principio, a los dos Grupos Parlamentarios conjuntamente, porque creo que ha quedado muy claro, afortunadamente, que el espíritu de esta... de esta comparecencia, a petición propia, ha sido la de informar, y creo que es más informativa que de debate. En ese sentido, intentaré responder a muchas de las preguntas de la Procuradora del Grupo Socialista, pero quiero... quiero entender que estamos todos, por lo menos en el fondo, de acuerdo en cuanto al contenido de esto, y evitar entrar en debates, en lo posible, que afecten a la intimidad del menor o de sus padres.

Sí que quiero, pues, explicar la razón de la comparecencia, a petición propia, el momento en el que se pidió fue en el momento en que habían sucedido los hechos que usted ha referido en Madrid. Evidentemente, desde entonces hubo ocasiones de informar, como pudo ser el Pleno de las Cortes, pero dado que una Pregunta de Actualidad tenía un tiempo limitado, consideramos oportuno pedir la comparecencia. En este medio tiempo, por parte de esta Consejería, y personalmente yo misma, pero, por su puesto, todos los responsables de la Consejería han insistido ante los medios de comunicación en la menor difusión de este caso. Luego, lógicamente, no nos parecía adecuado acudir aquí hasta que hubiera una resolución definitiva; resolución que ya se ha producido; y por eso entendemos que ahora es el momento de... no voy a decir de justificar, pero sí de explicar la actuación de la Junta de Castilla y León.

Y cuando le digo la actuación de la Junta de Castilla y León, yo aquí no vengo a defender la actuación de la Junta como... como una entidad sin caras y sin nombres. Vengo a defender la actuación de la Junta de Castilla y León y de todos sus profesionales en este caso. Cuando digo sus profesionales en este caso, estoy incluyendo a aquellos que trabajan en colaboración, como son los profesionales del Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca, en un caso que ha sido especialmente difícil, y especialmente laborioso y especialmente delicado para ellos, pues, por la repercusión social que tuvo.

Sí que... sí que, además de explicar las actuaciones administrativas, voy a intentar no responder a muchas de las preguntas de Su Señoría, porque entiendo que si estamos las dos planteando ahora mismo que en lo posible se... -permítame la expresión- se hurgue poco en las circunstancias, no me gustaría incidir o reincidir en ellas.

Lo que sí le voy a decir es, pues a modo de... a modo de ejemplo, pues, los... bueno, los principios que nos han basado nuestra actuación lo sabe usted, que son el acatar esta Resolución judicial, aun no compartiéndola -seguimos manteniendo que no la compartimos-, pero, por supuesto, la acatamos, el primordial es la protección del menor; pero hay otro, el segundo, que es el respetar las libertades personales, en este caso de la madre.

Usted nos ha pedido una exigencia... o nos ha exigido, o nos ha comentado que lo lógico sería una vigilancia exhaustiva. La vigilancia exhaustiva al menor se está haciendo; pero, desde luego, tiene un límite esa vigilancia, que es la libertad de la madre. La libertad de la madre y la libertad del padre, cuando... cuando proceda, para nosotros es un derecho incuestionable que nos... no nos permite, no nos permite acceder mucho más allá de lo que estamos haciendo.

Desde luego, tenga muy... muy claro una cosa: durante el tiempo ese que... bueno, ese periodo que se produjo desde que el niño retorna con la madre biológica hasta que suceden los lamentables hechos de Madrid, se produjeron veinticuatro entrevistas directas de los técnicos responsables del seguimiento del menor con los padres; se produjeron visitas prácticamente diarias, contactos telefónicos prácticamente diarios, para seguir la evolución del menor, así como con el Director del centro donde acudía el niño a clases o el maestro encargado de su educación.

Al Juez en ese periodo, simplemente, se le enviaron dieciocho informes. En esos dieciocho informes iban absolutamente pormenorizados todos los detalles que entendíamos que podían ser importantes para conocer la evolución del menor: desde si acudía con regularidad al... al colegio, hasta si el aspecto del niño era el correcto, o se había desplazado en algún caso, pues, con la madre. La escolarización del niño no es obligatoria hasta los seis años. En ese medio tiempo se le indujo, se le convenció a la madre para que acudiera el niño al... al centro, porque nos parecía que era una forma mucho más... bueno, era una forma de compensar las posibles carencias que pudiera tener el niño en cuanto a la socialización. Es decir, que todas esas acciones fueron derivadas de la actuación, de la supervisión de los técnicos de la Junta y del Ayuntamiento en este caso.

Sí quería comentarle que ha comentado usted... ha preguntado que por qué le tenemos que preguntar al Juez. Nosotros sabemos perfectamente lo que tenemos que hacer en un caso con un menor; pero sí que es cierto que en su Auto, en la parte dispositiva, él nos dice que "sin perjuicio de las actuaciones sociales que pudiera...". Lo que le estamos preguntado es si quiere alguna más, no si está de acuerdo con las nuestras, porque las nuestras entendemos -y por eso las estamos aplicando-, entendemos que son las mínimas y necesarias.

También es cierto que -como les he comentado antes-, pues, estamos a la espera de que el Juez se pronuncie al respecto y nos amplíe esa solicitud de información que le hemos hecho.

Realmente, no sé si debo... si me queda alguna cuestión más que comentarle, porque -le vuelvo a reiterar- de las preguntas que ha hecho usted, el tema económico de la madre, si... vamos, el tema económico, la situación económica, si ese niño tiene alguna carencia en ese sentido, o el tema de la supervisión y el tratamiento de la patología de la madre, no me parece procedente comentar aquí. Lo que sí le digo es que el problema no es económico. Lógicamente, si hubiera sido económico, la solución, más que el programa de intervención familiar, en el que se le están enseñando a los padres, en este caso a... en este momento solo a la madre, a desarrollar habilidades parentales que le permitan tener un contacto fluido con ese niño. Eso es lo que se le está enseñando. No es problema económico, si no, se habría intentado solucionar, pues, por la vía que procediera.

Y, en ese sentido, sí que le vuelvo a reiterar, y de verdad que puedo ser hasta muy pesada, pero tengo que reiterarle el agradecimiento hacia todos los profesionales, que, además, lo han hecho hasta ahora -por supuesto, sé que lo van a seguir haciendo-, en cuanto al seguimiento de este menor. Y, desde luego, el compromiso de la Junta de Castilla y León que, respetando la resolución judicial -que no compartimos-, vamos a seguir extremando todas las precauciones, todo lo que necesite el menor para el desarrollo.

Existe también un protocolo -que es otra de las cosas que usted me preguntaba-, un protocolo de actuación para, pues, en un hipotético caso de ingreso de la madre en un centro sanitario, lo que habría que hacer en ese caso. Por supuesto, todo es comunicado al Juez. O sea, nosotros ya no vamos a tomar ninguna decisión sin la correspondiente comunicación al Juez, pero actuaremos en el momento; es decir, que si en un momento dado ese niño, por las razones... bueno, pues de evolución de la enfermedad de la madre, necesitara volver a estar bajo nuestra tutela, desde luego, nosotros tenemos que comunicárselo al Juez y asumiríamos esa protección, siempre en la parte que el Juez nos... nos autorice a tomarla.

Y... ¡Ah, bueno!, y un tema que no he comentado, esto, judicialmente nosotros tenemos el... el tema cerrado; quiero decir que ahora mismo no tenemos posibilidades de recurso ante ninguna instancia jurídica superior, por lo que nuestra actuación está limitada a lo que les estoy comentando. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, señora Consejera. Para un turno de réplica, tiene la palabra la Portavoz del Grupo Socialista, doña Begoña Núñez Díez.


LA SEÑORA NÚÑEZ DÍEZ:

Sí. Gracias, señora Presidenta. No entiendo muy bien... yo le agradezco las... todo lo que nos ha comunicado aquí, la información que nos ha dado, pero a lo mejor esa información se podía haber dado de otra forma.

Yo lo que le quiero decir es que vamos a trabajar y vamos a salir menos en los medios de comunicación diciendo lo que hacemos, porque a mí me parece que eso puede alterar a la madre, y eso puede perjudicar al niño. Igual que le digo esto ahora, igual que en octubre... desde octubre hemos estado viendo continuamente noticias suyas, declaraciones suyas, a través de los medios de comunicación, hablándonos de que... de que, cuando iban a sacar el Decreto, que se iba a reforzar la protección. Tenemos una ley, ya teníamos una ley; el Decreto lo que hace es desarrollar la ley. Luego todas estas declaraciones que se hicieron en su día, pues, me parece que son... que sobran. Lo que tenemos que hacer es... es trabajar.

Mire, antes de nada, nosotros... claro que tienen que primar los intereses del menor ante todo, siempre; pero sin olvidar que ahí está también la madre.

Y nosotros está claro que también tenemos confianza y agradecemos toda la profesionalidad que tienen los técnicos, tanto de infancia como de... como de las Corporaciones Locales, como de todos los sitios. Es que aquí se ha repetido varias veces, tanto por usted como por la Portavoz del Grupo Popular, y yo nunca en mi intervención creo que haya dejado de que no... estos técnicos no son buenos profesionales o no hayan hecho todo lo que está en su mano. Desde luego, si así lo han entendido, es erróneo. Nosotros claro que también agradecemos su trabajo, les agradecemos, y confiamos en toda la profesionalidad que tienen, no estos técnicos, sino todos los trabajadores de la Gerencia de Servicios Sociales y de la Consejería.

Pero cuando yo le decía que algo ha fallado, no me estoy refiriéndome a los técnicos, sino que algo ha fallado cuando yo le digo que es un caso de alto riesgo y que este niño falta semanas a clase, y yo no sé si les llega a los técnicos en esa coordinación que debe de haber o no les llega. Y aparece en Madrid, en la situación en que aparece, y son los Servicios Sociales de Madrid -a los que también les tenemos que agradecer su labor- los que se enteran de cómo está la situación del niño.

Por eso yo le digo que algo ha fallado, y a lo mejor tenemos que hacer mucho más hincapié o en otras medidas, porque la intervención que se está haciendo ahora de habilidades básicas -yo no sé si van todos los días los técnicos- ya dijeron los técnicos, en el año dos mil uno, que no daban los frutos que ellos esperaban.

Por eso, yo le digo que hay que insistir, hay que insistir en el tema, hay que estar coordinados y saber puntualmente qué es lo que está pasando con esa familia y con ese niño. Y también tendremos, ¿eh?, que cuidar... que cuidar a la madre y, si es necesario ponerle ayuda a domicilio para que la madre se tome la medicación, pues habrá que ponérsela. No le estoy diciendo que me diga si está puesta o no, le estoy diciendo todo lo que habría... lo que habría que hacer.

Y yo creo que hay que trabajar con la familia también todas estas... estos... que usted nos comentaba que había enviado al Juez de cómo estaba la situación, bueno, pues de que quiso pegar, que no les abría la puerta a los profesionales. Pues yo creo que hay que trabajar con la... con la familia e intentar... e intentar, por parte de su Consejería, ¿eh?, que la madre logre ver a los profesionales como amigos, no como enemigos, porque yo creo que hasta ahora les estaba viendo como enemigos "que me vienen a quitar a mi hijo". Yo creo que si se logra que a los profesionales se les vea como amigos, que lo que van es a intentar ayudar para que tanto ella como el niño viva en una situación normalizada, yo creo que habremos... habremos conseguido mucho.

Y lo que le pido es eso: coordinación, que se sepa puntualmente cómo está este... este tema, vigilancia y seguimiento para que este niño no siga sufriendo más ni avatares ni disparates de los que se han sufrido hasta ahora, y que pueda tener un desarrollo, tanto psicológico como de todo tipo, normalizado, y que su futuro no sea irreversible como puede llegar si no... si no cogemos bien... bien el tema.

Y, voy a terminar, porque, señora Consejera, al Partido Socialista no nos gusta ni nos ha gustado nunca hacer leña del árbol caído. Entonces, lo único que le pedimos es: cumplamos la ley al extremo, pongamos todos los medios necesarios en un caso como este y, si tenemos que estar veinticuatro horas y todos los días donde la madre haciéndole ver que somos como amigos, tendremos que estar.

Repito que respetamos el dictamen del Juez, aunque tampoco lo acatamos, y ahora es a... no, no lo compartimos, perdón, y ahora es a su Consejería, a su Consejería, coordinarse con los Servicios Sociales de la Corporación Local de Salamanca, con los Servicios Sanitarios, con los Servicios Educativos para que este tema salga adelante, porque yo creo que no se puede... no nos podemos permitir el volver a fallar en este tema. Gracias, señora Presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. Para hacer uso del turno de réplica, tiene la palabra la Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, doña Francisca Saavedra.


LA SEÑORA SAAVEDRA HERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Señora Consejera, queremos agradecerle de nuevo las explicaciones dadas a lo largo de su intervención, a la vez que insistimos, una vez más, en la conducta irreprochable que ha tenido en este caso la Junta de Castilla y León, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, una actitud que, desde nuestro punto de vista, ha sido coherente en todo momento, que ha respetado las... perdón, las reglas del juego democrático y que ha tenido en cuenta el principio básico del superior interés del menor, con el debido seguimiento y la protección de los derechos del menor en todo momento.

Yo creo que en un tema como el que hoy nos ocupa es importante destacar la acción de protección como un sistema especializado para la intervención administrativa, con respecto tanto a los niños como a los adolescentes que se encuentran en una situación de riesgo o de desamparo. Lo más importante es garantizar a los menores el pleno desarrollo de autonomía como personas, así como su seguridad y estabilidad, y que también se den esas condiciones básicas suficientes que posibiliten tener al menor una vida normalizada en todos sus diferentes ámbitos.

Para tal fin, se debe desplegar una intervención dirigida fundamentalmente a la mejora del medio familiar que haga posible la participación tanto de los padres o de los responsables del menor, y que suponga, sobre todo, un complemento a las actuaciones de estos, y que también contribuya a una satisfacción adecuada y normalizada de las necesidades que el menor presente.

En este caso, también queremos destacar la aprobación por parte de la Junta de Castilla y León del Decreto 131/2003, de trece de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o de desamparo, así como los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarlas a cabo, en consonancia -como se ha dicho anteriormente- con nuestra Ley de Protección a la Infancia, que es muy pormenorizada y extensa -como el tema que hoy... como el tema que merece- y este Decreto también es una disposición extensa en su articulado, minuciosa en sus contenidos y detallada en sus previsiones.

Reiterar de nuevo nuestro agradecimiento, que es lo que hemos hecho simplemente, a los profesionales que han llevado a cabo este caso, de los servicios sociales tanto de la Junta de Castilla y León como del propio Ayuntamiento, y reiterar una vez más que la Junta, en todo momento, se ha guiado por el principio básico del Estado de Derecho, del acatamiento de las decisiones judiciales y la colaboración con el Poder Judicial, estimando que debían, pues, acatar las resoluciones judiciales y de llevarlas a cabo siempre de la forma más positiva posible para este menor.

Finalizando reiterando una vez más el agradecimiento de este Grupo por la comparecencia a petición propia de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, Señoría. Para hacer uso de un turno de dúplica, tiene la palabra la Excelentísima señora Consejera.


LA CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (SEÑORA VALDEÓN SANTIAGO):

Muchas gracias. De una forma muy breve, creo que tienen que quedar dos... dos ideas claras en este sentido. Nosotros entendemos que esta no es la mejor solución, no es la definitiva y no es estable, desgraciadamente; pero, a la vez que le comento esto, sí que tiene que quedar claro que, para nosotros, es un menor en situación de riesgo, no es un menor protegido en cuanto a la asunción de tutela, lo que nos limita mucho nuestras posibilidades de actuación, nuestras posibilidades de... de tomar decisiones en cuanto a ese niño.

Y, dichas estas dos cuestiones, sí que quiero recordar algo, este... el caso de este niño ha tenido una trascendencia social y pública que nos hace estar hoy aquí sentados, pero, desde luego, no nos olvidemos en ningún momento de la cantidad de menores que existen protegidos, estando hablando... estaba hojeando y, simplemente con eso, veía que en Salamanca, por hacer una comparación en el lugar donde estamos hablando, son ciento cincuenta y cinco familias las que están en el programa de intervención familiar, con doscientos cuarenta y siete menores. Y, en ese sentido, reiterarle que el compromiso de la Junta de Castilla y León, en cuanto al seguimiento de este niño, va a ser coordinado, desde luego va a haber una vigilancia y un seguimiento exhaustivo en la medida de nuestras posibilidades y en la medida de nuestras competencias y de no invadir ni lesionar la intimidad de nadie, sí va a ser un seguimiento por parte de los... del equipo de intervención familiar del Ayuntamiento pero siempre con conocimiento de la Junta de Castilla y León.

Y reiterarle que nuestro compromiso es desarrollar esa Ley que se aprobaron en estas Cortes, afortunadamente con un amplio consenso y agradezco... y agradezco que en eso estemos de acuerdo. Y vamos a seguir. Y usted conoce que durante este último año se han aprobado varios decretos, decretos que todos inciden en esa regularización de la protección del menor, de evitar las situaciones de desprotección, y esa es la que creo que es nuestra forma de seguir trabajando, por una parte con las normas, y en este caso concreto, y tan específico, y tan... tan, bueno, tan, en algunos casos, bueno, particular, pues sí reiterarle que, desde luego, el trabajo de la Junta de Castilla y León y de los... del Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca va a ser coordinado y va a ser con todo el seguimiento y vigilancia que se pueda... que nos pueda permitir un Estado de Derecho, como el que estamos, y una Sentencia judicial que nos ha dejado muy claro cuál es nuestro papel. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO):

Gracias, señora Consejera. Finalizado el turno de intervención de Portavoces, ¿algún otro Procurador de esta Comisión quiere intervenir?

Bien. Agradecer a la señora Consejera su colaboración y su disponibilidad para con esta Comisión, comunicar a los miembros de la Comisión que... estaba previsto tener la próxima Comisión el día dieciséis, pero creo que no va a ser posible, por lo tanto, agradecer el talante que ha habido entre los miembros de esta Comisión, y creo que despedirnos hasta el próximo periodo de sesiones. Gracias. Se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las trece horas].


CVE="DSCOM-06-000157"



Sede de las Cortes de Castilla y León